El próximo día 6 de julio, se aprobará el texto de la normativa que regulará el régimen de Autónomos, en la Comisión de Empleo. Hemos querido acercarles las que para nosotros son las 10 medidas más destacables.
1-. Los autónomos podrán modificar su base de cotización.
Podrán hacerlo hasta un máximo de 4 veces en el año, adaptándose así a sus picos de intensidad laboral.
2-. Mejoras de la «Tarifa Plana» de 50€.
La gran novedad es que se aumenta en un año la posibilidad de disfrute de esta tarifa. Además, podrán acogerse a esta tarifa, pasado 2 años del cese de actividad.
Como nueva medida dentro de este apartado, aquellas mujeres que se reincorporen a la vida laboral después de una baja maternal, podrán optar a esta tarifa plana de 50€.
3-. Menor penalización por los retrasos.
Se pasa del 20% al 10% el recargo de retraso en los abonos a la Seguridad Social.
4-. Deducción de suministros.
Los autónomos podrán deducirse los gastos en suministros tales como luz, agua, telefonía o internet, siempre que el lugar de trabajo sea desde el hogar, y hasta un 30% de los mismos.
5-. Deducción por comidas.
Se establece un límite diario de 26€ por manutención, siempre que se acredite que está relacionado directamente con la actividad que se desarrolla, y que sea pueda comprobar a través de medios telemáticos.
6-. Mejoras en la temática de discapacidad.
Se reflejan notables mejoras en las condiciones de los autónomos con discapacidad, además de facilitar la contratación a los hijos discapacitados de los propios autónomos.
7-. Cobertura de accidentes.
Se establece para trabajadores autónomos el «accidente in-itenere», o lo que es lo mismo, del trayecto de ida y/o vuelta al puesto de trabajo.
8-. Ventajas formativas.
Los autónomos podrán optar a formación cualificada y adaptada a sus requerimientos, de cara a mejorar la competitividad de sus actividades empresariales.
9-. Exención por dependencia.
Se aprobará la exención total de la cuota para aquellos autónomos que cuiden a dependientes o menores (durante 1 año).
10-. Sistema de altas/bajas.
Las personas que trabajen por cuenta propia estarán en disposición de darse de alta y baja en RETA, de cara a que solo abonen los días reales que hayan trabajado.